Las empresas, y toda persona jurídica, a partir de la Ley 27.401, se enfrentan a un nuevo paradigma por el que deberán implementar un Programa de Integridad adecuado que exprese una cultura de cumplimiento normativo a fin de evitar actos de corrupción y, de esa forma, mitigar o excluir las severas sanciones penales que son pasibles.
Ante esta situación, las empresas y restantes personas jurídicas deberán definir un conjunto de procedimientos y buenas prácticas para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y trazar mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.
Los riesgos de daño reputacional, la imposición de importantes multas y sanciones, las pérdidas de negocio por contratos no ejecutables o la exclusión de licitaciones públicas, entre otras, son algunas consecuencias que demuestran la necesidad de establecer estándares éticos y legales como protocolos de buen gobierno de obligado cumplimiento.